Algunas de las razones que justificarán la promoción de denuncias, ante una situación de deficiente Administración de Justicia
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En este artículo, se pretende hacer una breve mención, de algunas de las razones válidas, que justificarán la promoción de las pertinentes denuncias, ante una situación de deficiente Administración de Justicia.-
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Por resultar incompatible el desconocimiento de la ley adjetiva (Códigos Procesales), como de la reglamentaria (Acuerdos de la Suprema Corte de la Provincia y de la Corte Suprema de la Nación), y la de fondo (Código Civil, de Comercio, Penal, etc.); con el conocimiento que resulta propio de la capacidad técnica profesional, exigible a los funcionarios judiciales (funcionarios públicos) en el ejercicio de sus cargos.-
- Por perjudicarse al litigante, pues ante una deficiente Administración de Justicia en una determinada instancia, éste se encontrará obligado a recurrir a una instancia superior. Con relación a ello, cabe tener presente que, conforme a la propia estructura piramidal en que se halla organizado el Poder Judicial, resultarán cada vez mayores los requisitos exigidos a los fines de acceder a la Justicia de esa nueva instancia. Es decir que, en algunos supuestos, no se admitirá tal posibilidad. A modo de ejemplo, cabe mencionar que, para que resulte admisible la apertura de la instancia extraordinaria en lo que concierne a cuestiones de hecho y de prueba, se deberá acreditar el error grosero y manifiesto, configurante del absurdo evidente.-
- Por encontrarse comprometida la Seguridad Jurídica y, como consecuencia de ello, la necesidad de certeza que ella conlleva.-
- Por encontrarse afectado el normal ejercicio de la Abogacía.-
- Por encontrarse perjudicado el cumplimiento de la obligación moral y profesional del Abogado, de interiorizar a su cliente sobre las posibilidades y riesgos que pasaría a asumir en el proceso.-
- Por encontrarse obligado el Abogado a demostrarle a su cliente, que actuó con la eficiencia, prudencia e idoneidad, requeridas por las circunstancias del caso, viendo perjudicada su imagen.-
- Por resultar una obligación para el
profesional conforme a las disposiciones del Código de Ética.-
Espero que el presente,
haya sido de su interés,
Atentamente,
Jorge Verón Schenone
E-Mail: veron.schenone@gmail.com
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Fecha de publicación
27/03/2009
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